La pensión compensatoria

Si concluido el divorcio uno de los cónyuges queda desfavorecido económicamente, de manera que su situación luego de la separación es peor a la que tenía durante el matrimonio, entonces tiene derecho a la llamada pensión compensatoria.

¿De qué se trata esto?

La pensión compensatoria se paga al cónyuge que resultó desfavorecido económicamente luego del divorcio. Se trata de una suma mensual de dinero, que tiene como objetivo mantener un nivel de vida similar al que se mantuvo durante el matrimonio.

¿Cuándo se establece?

La pensión compensatoria se establece cuando se cumplen los siguientes requisitos:

  • Concreción del divorcio o separación.
  • Solicitud de la pensión compensatoria por parte del cónyuge desfavorecido.
  • Demostración del empeoramiento de la situación económica de dicho cónyuge luego del divorcio.

La pensión compensatoria puede establecerse por mutuo acuerdo entre ambos cónyuges, o bien, si no existiera acuerdo mutuo, un juez fijará esta pensión si se cumplieran todos los requisitos.

Es importante destacar que el derecho a la pensión compensatoria sólo se establece ante separaciones matrimoniales. No tendrán este derecho aquellas personas que no hayan contraído matrimonio.

¿Cuándo cesa la pensión?

La pensión puede dejar de otorgarse por varios motivos:

  • Mutuo acuerdo.
  • Mejoramiento económico del cónyuge que la recibe (por ejemplo, por nuevo empleo).
  • Nuevo matrimonio del cónyuge que recibe la pensión.
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